Módulo de
Control
Provee información para el control del origen legal de los productos forestales y de fauna silvestre, a través de la cadena de producción y comercialización, con la finalidad de abordar desde un enfoque holístico la gestión y control del patrimonio forestal y de fauna silvestre. Está compuesto básicamente por tres submódulos: forestal maderable, forestal no maderable y de fauna silvestre.
Submódulos

Forestal Maderable

Forestal No Maderable

Fauna Silvestre

Aplicativos

Son herramienta de ayuda al registro ordenado de las operaciones de aprovechamiento, ingreso, transformación y salida de la madera y sus productos de los aserraderos o plantas de transformación, así como también del control de volúmenes y saldos. .

SOLICITUD DE ACCESO A LOS APLICATIVOS

  • Para empezar a utilizar los aplicativos, se debe solicitar los accesos a la Autoridad Regional Forestal para poder ingresar al aplicativo
  • Para solicitar su cuenta de usuario acérquese a la oficina de la Autoridad Forestal con su DNI.
  • SERFOR le enviará a su correo electrónico una contraseña y un número de serie con el que activará el aplicativo.
  • Formatos de solicitud de acceso a los aplicativos

Aplicativo web
Gestiona Forestal

  • GESTIONA FORESTAL
  • Gestiona Forestal es una herramienta de gestión que forma parte del Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre (MC – SNIFFS), su uso permitirá, de manera mas amigable, la formulación, evaluación y aprobación de planes de manejo forestal para concesiones forestales maderables.

Informes Técnicos de Inspecciones CITES

Acerca del Módulo de Control

El Módulo de Control del Sistema Nacional de Información Forestal y de Fauna Silvestre (MC-SNIFFS), es un subsistema para la gestión de información de títulos habilitantes que conlleve a la verificación del origen legal de la madera aprovechada, el módulo se encuentra a cargo del SERFOR.

El Módulo de Control está compuesto por 3 submódulos: forestal maderable, forestal no maderable y de fauna silvestre.

El MC-SNIFFS se sustenta normativamente en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, sus reglamentos, el Decreto Legislativo 1220 y 1319, la Resolución de Dirección Ejecutiva 104-2017 y 044-2020 del SERFOR.

Regiones y empresas que utilizan los aplicativos

MADRE DE DIOS

    Centros de Transformación

  • MADERERA RIO ACRE S.A.C.L
  • MADERACRE TIMBER S.A.C.
  • AGROINDUSTRIAL CATAHUA S.A.C.
  • FORESTAL OTORONGO S.A.C.
  • EMPRESA MULTISERVICIOS R Y D E.I.R.L

 

    Titulares de Titulos Habilitantes

  • MADERERA CANALES TAHUAMANU S.A.C.
    17-TAH/C-J-013-02
  • MADERERA RIO ACRE S.A.C.
    17-TAH/C-J-001-02

LORETO

    Titulares de Titulos Habilitantes

  • COMUNIDAD NATIVA PUERTO ABEJA
    16-LOR-MAY/PER-FMC-2020-002
  • COMUNIDAD NATIVA OBRERO
    16-LOR-REQ/PER-FMC-2020-006
  • COMUNIDAD NATIVA SHEVONAL
    16-LOR-REQ/PER-FMC-2021-001

JUNIN

    Centros de Transformación

  • ASERRADERO & SERVICIOS KELVIN E.I.R.L.
  • CONSTRUCCIONES & SERVICIOS RANDY E.I.R.L.
  • CORPORATION'S ERICK E.I.R.L
  • FOREST & GROUP CONTRACTORS S.A.C.
  • FORESTAL DURAND S.A.C
  • FORESTAL LUIS SOLORZANO E.I.R.L.
  • INDUSTRIAS DE LA MADERA B & R S.C.R.L.
  • MADERERA G Y G ALCAZAR E.I.R.L. GUSTAVO ALCAZAR

 

    Titulares de Titulos Habilitantes

  • COMUNIDAD NATIVA SAMANIATO
    12-SEC/P-MAD-A-061-06

UCAYALI

    Titulares de Titulos Habilitantes

  • COMUNIDAD NATIVA PARANTARI
    25-PUC/P-MAD-A-026-13
  • COMUNIDAD NATIVA JAVIROSHI
    25-UCA-ATA/PER-FMC-2021-007
  • COMUNIDAD NATIVA MAPALJA
    25-ATA/P-MAD-A-031-08
  • COMUNIDAD NATIVA NUEVA ESPERANZA DE CUMARIA
    25-UCA-ATA/PER-FMC-2022-003
  • COMUNIDAD NATIVA NUEVO PIEROLA
    25-UCA-ATA/PER-FMC-2021-018
  • COMUNIDAD NATIVA SAN JUAN DE INUYA
    25-ATA/P-MAD-A-001-013
  • COMUNIDAD NATIVA SANTA ROSA DE LAULATE
    25-UCA-ATA/PER-FMC-2022-004
  • COMUNIDAD NATIVA TONIROMASHE
    25-UCA-ATA/PER-FMC-2020-004
  • ECO FORESTAL UCAYALI S.A.C.
    25-PUC/C-J-014-02

PASCO

    Centros de Transformación

  • MADERERA ANGELLO´S E.I.R.L.
  • RAIN FOREST ARBOCCO S.A.C.
Galeria de Fotos
Preguntas Frecuentes
Guía de Transporte Forestal
¿Qué contiene la Guía de Transporte Forestal (GTF)?
La Guía de Transporte Forestal (GTF) es un documento con carácter de Declaración Jurada, de acuerdo al formato aprobado por SERFOR, en el que se consignan el transporte de especímenes, productos o sub productos forestales en estado natural o con transformación primaria.
¿Cuándo se requiere Guía de Transporte Forestal (GTF)?
Cuando se va a movilizar un producto forestal maderable o no maderable al estado natural o con proceso de transformación primaria, desde el área de aprovechamiento o desde la planta o centro de transformación hacia cualquier destino.
¿Quiénes emiten la GTF?
Todos los titulares de títulos habilitantes o sus regentes, titulares de plantaciones registradas o titulares de plantas de transformación debidamente registradas, emiten sus propias GTF. Las autoridades regionales forestales pueden emitir GTF sólo en casos de retransporte o cuando el producto a movilizar provenga de un acto administrativo que no constituye título habilitante, ejemplo: autorización de desbosque, autorización de cambio de uso, etc.
¿Cuándo se considera retransporte?
Cuando un producto que fue anteriormente movilizado con una GTF (emitida por emisor autorizado) va a ser movilizada a otro destino por una persona natural o jurídica no autorizada a emitir GTF (ejemplo: comerciantes intermediarios).
¿Cómo obtengo la GTF?
Si compras u obtienes el producto al estado natural, el titular del TH o el regente o titular de la plantación, están en la obligación de despacharte el producto con la correspondiente GTF. Si compras u obtienes el producto ya transformado, el centro o planta de transformación están en la obligación de despacharte el producto con la correspondiente GTF. Si eres un intermediario y necesitas movilizar el producto a un nuevo destino, debes solicitar a la autoridad regional forestal una GTF para el retransporte del producto, para lo cual debes presentar la GTF con la cual se movilizó el producto hasta el lugar donde se encuentra al momento de la solicitud
¿Quiero movilizar un producto forestal al estado natural pero no soy titular de título habilitante, ni de plantación, que debo hacer?
Debes solicitar una GTF para retransporte ante la autoridad regional forestal más cercana y presentar la GTF con la cual obtuviste el producto y demás requisitos establecidos en el TUPA.
¿Quiero movilizar un producto forestal con transformación primaria pero no soy titular de un centro ni planta de transformación, que debo hacer?
Debes solicitar una GTF para retransporte ante la autoridad regional forestal más cercana y presentar la GTF con la cual obtuviste el producto y demás requisitos establecidos en el TUPA.
¿Si soy consumidor final, requiero GTF para movilizar un producto forestal con transformación primaria desde un centro de comercialización?
No, sólo requieres presentar el documento de compra – venta que demuestre que fue obtenido en un centro de comercialización.
¿Tengo eucalipto en mi predio privado, necesito GTF para movilizarlo y comercializarlo?
No, el eucalipto es una especie exótica, por lo tanto, no requiere de GTF para su movilización o comercialización. En este caso se debe emplear una Guía de Remisión.
¿El triplay requiere GTF?
No, el triplay no está considerado como un producto de transformación primaria, por tanto, no requiere GTF.
¿Los productos importados requieren GTF?
No, la GTF ampara el transporte de los productos aprovechados dentro del territorio nacional. Los productos importados se deben movilizar con la Declaración Aduanera de Mercancías y requieren controlarse en los puestos de control en ruta de destino.
¿Los residuos de las plantas de transformación requieren GTF?
No, sólo los productos y subproductos requieren GTF para su movilización.
¿Cómo empiezo a emitir mis GTF?
Si eres emisor autorizado debes imprimir el formato de GTF aprobado por el SERFOR y acercarte a la Autoridad Regional Forestal más cercana para que registre tu talonario de GTF y autorice su uso.
¿Qué debo hacer en caso de pérdida de la Guía de Transporte de mi carga?
Acercarse a la autoridad forestal y de fauna silvestre más cercana y solicitar una nueva GTF, para tal fin deberá presentar una copia de la denuncia policial respectiva (verificar y compatibilizar con pregunta 2). Con este acto se elimina de manera permanente la GTF extraviada y sus efectos.
¿La movilización de madera rolliza desde el área de aprovechamiento se realiza sólo con la GTF?
No, la madera rolliza debe estar acompañada por la GTF y la lista de trozas correspondiente.
¿La movilización de productos forestales con transformación primaria se realiza sólo con la GTF?
No, los productos con transformación primaria deben estar acompañados por la GTF y la lista de paquetes correspondiente.
¿Si la planta de transformación no es propietaria del producto y sólo brinda el servicio de aserrío ya no debe emitir la GTF?
No, todas las plantas de transformación sean propietarias o no del producto, deben emitir la correspondiente GTF para cada despacho de productos transformados.
¿Si el titular de la planta de transformación compró el recurso maderable al titular del título habilitante mediante un contrato de compra-venta notarial, es necesario que el titular del TH emita la GTF o es el titular de la planta de transformación quien lo hace?
El titular del TH es quien emite la GTF para toda la madera rolliza que sale desde el área de aprovechamiento, así haya sido comprada por una planta de transformación mediante un contrato de compra venta notarial.
¿Para transportar ejemplares propagados en un centro de propagación, que necesito?
La guía de remisión respectiva, siempre que en la descripción incluya información sobre la identificación del centro de propagación inscrito en el registro respectivo.
¿Para transportar especímenes de plantel genético, que necesito?
La Guía de Transporte hasta el Centro de propagación
¿Para transportar productos forestales proveniente de actos administrativos que no son títulos habilitantes, que necesito?
La Guía de Transporte Forestal, el mismo que será emitido, a solicitud, por la Autoridad Forestal Regional y de Fauna Silvestre o la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre, según corresponda.
¿Para el transporte interno de los especímenes de flora silvestre colectados, los mismos que fueron autorizados con fines de investigación, necesito de la Guía de Transporte Forestal?
No, el transporte interno de estos especímenes será realizado con la autorización de investigación otorgada, por tanto, se encuentra exento de contar con la guía de transporte forestal.
¿Si el titular del título habilitante es una Comunidad Nativa o Campesina, quien emite y firma la GTF?
El Presidente, Jefe, Apu, representante o Regente de la comunidad nativa o comunidad campesina titular del título habilitante.
Contacto
Datos de contacto

Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR

Av. Javier Prado Oeste N° 2442, Urb. Orrantia,
Magdalena del Mar, Lima 17 – Lima, Perú.

Central Telefónica:
(+511) 225 9005
Anexo:
400

Correo:
mesadeayudasniffs@serfor.gob.pe